La importancia de la formación para un buen mediador

Según la Ley 5/2012, de 6 de julio, sobre Mediación en asuntos civiles y mercantiles, el objetivo de una profesionalización de la mediación en España es la de crear un instrumento complementario de la Administración de Justicia, una alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral  y así implantar una justicia de calidad en una sociedad cada vez más complejaSe pretende una desjudicialización de determinados asuntos, reduciendo la carga de trabajo de los jueces.
Por tanto, el mediador se encuentra en una situación delicada y compleja al tener que asumir la importante tarea de velar por los derechos de las partes implicadas en el conflicto, rebajar el conflicto, restablecer la comunicación, fomentar la cooperación, vigilar que los acuerdos sean equitativos, justos y beneficiosos para todos y evitar que pueda derivarse a la vía judicial. 
El mediador, aunque no tiene la función de juez, debe conseguir algo que los tribunales son incapaces de lograr: un acuerdo justo en el que no existan vencedores y vencidos. El juez se encuentra ante el dilema de quién tiene más razón a la luz de la ley sin entrar en más consideraciones que el Derecho.
El mediador por el contrario, ha de ir más allá indagando en el aspecto jurídico, social y psicológico del conflicto, comprendiendo los sentimientos, emociones  y motivaciones de los mediados y adentrándose en la parte subyacente para lograr que el conflicto se resuelva y no vaya a la vía judicial.  
Un mediador sin capacitación, sin una formación profesional adecuada, no solo pone en peligro el desarrollo del proceso de mediación y su resultado, también acentúa la escalada de violencia, reforzando la desconfianza y la posición contrapuesta de las partes, elevando la tensión y bloqueando la comunicación hasta hacer imposible un acuerdo. Lo que en un principio era una simple desavenencia puede derivarse en un conflicto cuya única alternativa es la intervención de un juez. Es entonces cuando la mediación se convierte en una herramienta inútil, carente de valor, se convierte en un instrumento desprestigiado ante los ojos de los usuarios.
El mediador ha de reunir unos requisitos tan exigentes como los de un abogado, juez, psicólogo, pedagogo, trabajador social, etc., porque de él depende una justicia de calidad, una protección de los derechos y deberes de todos los ciudadanos y una convivencia pacífica. Es a él a quien se le encomienda, en primera instancia, la tarea de ayudar a resolver los conflictos en el ámbito civil y mercantil. Y solo un profesional competente, con una formación oficial y especializada, acreditada por la Administración Pública con títulos oficiales  para asegurar unos conocimientos teóricos y prácticos suficientes, como se exigen a las demás profesiones, puede conseguir que la Mediación se convierta en una profesión eficaz para resolver y prevenir conflictos que hasta el momento eran competencia de Jueces y Magistrados.
Un claro ejemplo de la importancia de la profesionalidad se encuentra en la reforma de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. Dicha reforma tiene el propósito de garantizar una mejor preparación, por lo que se exige «además de estar en posesión del título universitario de licenciado en Derecho o del correspondiente título de grado, probar su capacitación profesional mediante la superación de la correspondiente formación especializada y de carácter oficial que se adquiere a través de cursos de formación acreditados por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación, así como superar una posterior evaluación».

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